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Transferencia de Créditos

BUC aceptará transferencias de créditos de otras instituciones postsecundarias sujetas a las siguientes condiciones y limitaciones:

 

1. Los créditos obtenidos en instituciones reconocidas por el USDE y acreditadas por agencias de acreditación aprobadas por CHEA, como ABHE, TRACS, ATS y agencias de acreditación regionales, se transfieren a través de expedientes académicos oficiales.
La universidad se reserva el derecho de negar créditos por cursos específicos.

 

2. Los créditos obtenidos en instituciones no acreditadas podrán transferirse de forma condicional a través de expedientes académicos oficiales, sujeto a lo siguiente:

*Solo se considerará un porcentaje de los créditos, sin exceder el 40 por ciento de las horas completadas.

 

* Los créditos para ser validados y transferidos deben cumplir con los siguientes criterios

  • El estudiante debe completar doce horas académicas en residencia en BUC con un promedio de calificaciones de 2.0.

  • Las calificaciones de cada profesor deberán ser verificadas a través de la oficina del Director Académico.

  • Un curso debe ajustarse a la especialización adecuada o aplicarse como una materia optativa general.

  • Se debe proporcionar una descripción completa del curso del catálogo de la universidad.

  • Es posible que se requiera que el estudiante apruebe un examen de validación del BCU para que el curso sea transferido.

 

3. Se podrán registrar un máximo de 45 horas de crédito por CLEP. Las puntuaciones deben enviarse para su evaluación.

 

4. Los créditos aceptados en transferencia deben estar en el nivel de grado 'C' o superior.

 

5. Sólo se aceptan horas de crédito en transferencia. Las calificaciones de las horas transferidas no son transferibles. Esto significa que las horas de transferencia no se computarán en el promedio de calificaciones del estudiante.

 

6. Los cursos aceptables para transferencia no necesitan ser idénticos a un curso ofrecido en BU, pero deben estar, incluso como optativos generales, en línea con los requisitos de cada programa. Por ejemplo, un estudiante que siguió un plan de estudios en un campo en el que no se ofrecen cursos en BU no puede esperar recibir una transferencia completa por su trabajo anterior.

 

Transferencia de Procedimientos de Crédito  

 

1. Los estudiantes que deseen transferir créditos deben tener un expediente académico oficial archivado y deben consultar con el Director Académico antes o durante su primer semestre en BU. Tras revisar el expediente académico, el Decano completará una evaluación de transferencia.

 

2. BU proporcionará a cada solicitante de transferencia aprobado una evaluación tentativa de los créditos que se aceptarán para la transferencia. Se realizará una evaluación oficial luego de que el solicitante seleccione y se registre en un programa de grado. Es posible que los créditos transferidos no aparezcan en los expedientes académicos de BU hasta que se completen satisfactoriamente 12 horas semestrales (B.A.) o 9 horas (M.A./M. Div.).

 

3. Los estudiantes deben completar al menos las últimas 45 horas semestrales en residencia en BU en el programa B.A., 36 horas semestrales en el programa de Maestría en Estudios Bíblicos, 27 horas semestrales en el programa de Maestría en Música y 48 horas semestrales en el programa M. Div. . programa.

 

4. Los estudiantes deben completar al menos 24 horas semestrales en la BU en el programa de Doctorado.

 

5. Los cursos transferidos desde instituciones en el sistema trimestral se convertirán a horas semestrales sobre la base de tres por dos.

 

6. Los estudiantes no podrán cursar más de 16 créditos en el B.A. programa o 16 créditos en M.A. y M. Div. programas en un solo semestre sin el permiso del Director Académico. Esto incluye cursos tomados simultáneamente en otra institución que los estudiantes desean transferir a BUC.

Transferencia de Póliza de Crédito

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